Antes de presentar una demanda de reparación directa, con la que pretendo obtener una indemnización de una entidad estatal, debes preguntarte, cuanto tiempo ha transcurrido desde que tuve conocimiento del daño que se me causo y que el responsable era el Estado Colombiano.
El medio de control de reparación Directa, que es como se llama la acción con la que pretendo una indemnización a cargo del estado, debido a la causación de un daño antijuridico por parte de la administración o algún sujeto que la represente, tiene un término de caducidad de 2 años.
Este termino se contabiliza a partir del día de la lesión, muerte, u otro daño sufrido por una persona o sus bienes, donde se presuma que quien lo ocasionó fue el estado o alguno de sus agentes.
No ocurre lo mismo en el caso de la desaparición forzada, donde se contará la caducidad a partir de la fecha en que aparezca la víctima o en su defecto desde la ejecutoria del fallo definitivo adoptado en el proceso penal, sin perjuicio de que la demanda con tal pretensión pueda intentarse desde el momento en que ocurrieron los hechos que dieron lugar a la desaparición.
Para concluir, no esperes tanto tiempo para presentar tu demanda si estas en uno de estos casos, y que puedes correr el riesgo que se configure la caducidad de la acción y allí seria imposible obtener indemnización alguna.